Siguen desde algunos ámbitos: el Psoe lo acaba de hacer en el Pleno del Senado, creando confusión sobre **la nueva Ley de tasas judiciales** y creo que merece la pena traer aquí algunas aclaraciones.
La demagogia sobre si se perjudica **a las mujeres maltratadas y a los discapacitados** es indigna de quienes saben perfectamente que siendo necesarias medidas **para que la justicia sea más eficaz y más rápida** no dudan sin embargo en sede parlamentaria lanzar infamias sobre si las nuevas medidas perjudican a las víctimas de violencia de género cuando la nueva ley amplía las exenciones a éstas, a víctimas de terrorismo o abuso con independencia de sus recursos.
Pues bien en primer lugar hay que decir que **los procesos penales ni antes ni ahora están sujetos a tasas judiciales** y que estos suponen un **72% del total** y aquí se incluyen todos los procesos por violencia de género.
Pero además las mujeres que denuncien por maltrato verán como novedad de esta nueva ley que no pagarán **ni abogado, ni procurador, ni peritaje**, ni pagaran tasas ni cualquier otro gasto en procesos civiles en los que tengan que intervenir como víctimas de violencia.
La propuesta de esta reforma es elevar el umbral de beneficiarios a quienes cobren **menos de 2,5 veces el IPREM: 15.975 euros**.
Tampoco se pagarán tasas en **la primera instancia del orden social** y en segunda instancia, si quien recurre es el trabajador, la cuantía de la tasa se reduce un 60%.
Asimismo estarán exentos de tasas los procesos sobre la protección de derechos fundamentales y en la jurisdicción civil, **los juicios monitorios y los verbales** si son inferiores a 2.000 euros.
Además están exentos los proceso de **capacitación, filiación y menores**. Y estando el importe de la tasa incluido en las costas se reembolsarán si los tribunales dan la razón a quien inició el procedimiento.
Las tasas persiguen acabar con el abuso y las prácticas dilatorias y no son la única iniciativa del Gobierno para reducir la litigiosidad. Se ha aprobado ya la **Ley de Mediación** con el apoyo de otros grupos parlamentarios y está en marcha la **Ley de Jurisdicción Voluntaria**.
Quizás también interese aclarar aquí que los casos de divorcios quedan exentos de las tasas aquellos procesos en los que se decida **la guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos**. La tasa en los casos de divorcio es de 150 euros.
Además, según el Código Civil se prevé que cuando un cónyuge carezca de bienes propios suficientes, **la pareja está obligada a sufragar el coste de todo el proceso**: tasas, abogado y procurador. Una previsión que es importante recordar cuando tales procesos de separación o divorcio tienen lugar en casos de violencia de género contra la mujer.
Por supuesto, si no tienen recursos **se beneficiarían de la justicia gratuita**.
Espero que os sea de interés y aclare **un debate mal intencionado** porque somos el país del entorno europeo con tasas judiciales más bajas.
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